02 octubre 2006

Fragmento de DTuC (el libro)

¡Saludos!

Os paso a publicar un pequeño extracto del tercer capítulo del libro que ha servido de inspiración para este weblog, "Diplomacia tomando un café". Actualmente, se encuentra en fase de revisión para una futura publicación.
* * *
3.- Cuando los Estados firman contratos, los llaman tratados internacionales

Todas las sociedades tienen un ley que deben cumplir. En el caso de la sociedad internacional (los Estados y las Organizaciones Internacionales), esta ley se llama "derecho internacional". La parte más importante de este Derecho son los tratados internacionales.

Este capítulo te interesa si...
- Llevas una vida muy organizada: Escribes listas de gastos, de tareas pendientes, haces planes basándote en tu agenda,...
- Crees que la escena de "Puente sobre el río Kwai" en que el coronel Nicholson le lee los Convenios de Ginebra al coronel Saito es digna de recordarse.
- Lees la letra pequeña de los contratos.

Preguntas y respuestas
LO BÁSICO SOBRE TRATADOS Y DERECHO INTERNACIONAL
¿Qué son los tratados internacionales?
Son acuerdos que hacen los Estados y las Organizaciones Internacionales para regular algún tema en concreto.

¿Verdad que cuando compramos una casa firmamos un contrato de compraventa? ¿O que, si tenemos suerte, cuando nos fichan en un sitio firmamos un contrato de trabajo?

Los Estados y las Organizaciones Internacionales también hacen contratos entre ellos. Estos contratos son los tratados internacionales.

O sea, que son algo así como una ley...
Sí, pero que -en principio- sólo se aplica a las partes que negocien. Por eso es mejor considerarlos como contratos.

De hecho, podemos mencionar una pequeña curiosidad: Nuestro propio Código Civil dice que "los contratos son ley entre las partes". Un contrato en España obliga como si fuera una ley. Un tratado internacional es, simplemente, la aplicación de este principio, pero a las más altas esferas.

¿Un convenio, un tratado y una convención son lo mismo?
Sí. Con tal de que sea un acuerdo entre Estados y/u Organizaciones Internacionales, y que siga las reglas que explico en este capítulo, da igual como lo llames.

Tratado, convenio, convención... Para el derecho internacional, no hay diferencias.

¿Es lo mismo "derecho internacional" que "tratado internacional"?
No. Un tratado internacional es una parte del derecho internacional.

Concretamente, una parte que han decidido negociar dos o más países u Organizaciones Internacionales. Como han decidido negociarla, pueden hacer las reglas que quieran (con las limitaciones que veremos más abajo).

Hay otras partes del derecho internacional, que no son tratados. Por ejemplo, las decisiones del Tribunal Internacional de Justicia (ver el capítulo 5) son derecho internacional. Pero no han sido negociadas entre las partes (las partes no deciden su contenido), así que no son tratados.

Curiosidades para presumir
- Tratados a la mar: El régimen del mar (aguas territoriales, zonas de pesca, etc.) se encuentra regulado en una Convención de 1.982. Es un tratado muy complejo, y por eso sólo voy a explicar un pequeña anécdota que muestra cómo el dinero puede variar las negociaciones. Cuando se quiso regular la explotación de los fondos oceánicos (que, en principio, no son de nadie), se creó el siguiente sistema en previsión de que alguien inventara un modo rentable de extraer minerales del lecho marino: Existiría un organismo internacional, llamado "la Empresa", dependiente de la Autoridad de Fondos Marinos y Oceánicos. Cuando un país quisiera explotar una parte del fondo oceánico tenía que cumplir dos condiciones. La primera, ceder gratuitamente las patentes del sistema que fuera a emplear, para que los países pobres pudieran utilizar en el futuro ese sistema sin que les saliera carísimo. La segunda, que el territorio a explotar se dividiría en dos partes. Una se la quedaría el país inventor. La otra, sería para la Empresa (que repartiría beneficios entre todos los países del mundo). Y sería la Empresa la que decidiera con qué parte se quedaba (para que el reparto fuera equitativo). Sin embargo, todo esto quedó muy deslucido por la presión de los países ricos. Al final, ni tienen que ceder gratuitamente las patentes, ni la Empresa tiene tanto poder de decisión sobre qué parte se queda.

Para debatir en el bar
- ¿Terroristas o luchadores de la libertad?: Uno de los aspectos más controvertidos y más actuales de la aplicación del derecho internacional es la lucha contra el terrorismo, sobre todo el que es capaz de cruzar fronteras. El problema está en que, a día de hoy, no hay una definición legalmente vinculante y aceptada por todo el mundo de lo que se entiende por terrorismo. Y si no sabemos definir aquello contra lo que estamos luchando, será difícil hacer leyes en su contra. Está claro que el terrorismo incluye ataques indiscriminados para obligar a alguien a hacer algo que no quiere, o para conseguir cualquier tipo de objetivo (político, religioso,...). La dificultad viene al entrar en matices. Como suele decirse, "el diablo vive en los detalles". Por ejemplo, ¿está justificado el terrorismo para defender la democracia? ¿Y para liberarse de un dictador? ¿Puede un Estado cometer terrorismo? En caso de que sea así, ¿en qué se diferencia el terrorismo de cualquier guerra? ¿Es legítimo que un Estado use el terrorismo para acabar con el terrorismo? Hasta que no encontremos una solución a estas preguntas (una solución que guste a todo el mundo), no podremos acabar con el terrorismo internacional. ¿Qué respuesta darías tú?

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